A partir de 2015 el gas refrigerante denominado R22, utilizado en equipos de Aire Acondicionado instalados antes de 2004, estará prohibido.

Se ha descubierto que éste refrigerante es perjudicial para el medio ambiente, daña la capa de ozono e incluso la salud de las personas.

La Unión Europea prohibió su venta para recarga o mantenimiento desde el 2010 y su uso estará prohibido desde el próximo 2015. Esto conlleva el aumento de coste en el mantenimiento de los equipos instalados antes de 2004, además de ser más complicado, la mayoría de éstos quedarán obsoletos.

Mitsubishi Electric fue pionera en 2004 introduciendo su tecnología de sustitución: Tecnología Replace. Dicha tecnología permitirá reutilizar las tuberías y conexiones existentes de sistemas con refrigerante R22/R407c.

La Tecnología Replace Multi se basa en 3 conceptos: Renovar, Reutilizar y Sustituir, una nueva y revolucionaria solución a la hora de renovar una instalación de VRF.

Se reduce hasta en un 50% el coste total de la instalación reutilizando las tuberías o adaptándolas a la instalación existente. Se aprovechan las líneas frigoríficas, eléctricas, elementos de protección, desagües y unidades interiores, si fuera necesario. Se reducen los costes de mano de obra y los escombros y residuos producidos.

Al ser una instalación más sencilla se minimiza la interrupción de la actividad y la limpieza del aceite antiguo es automática. Esto conlleva menos residuos debido a la reutilización de elementos de la instalación anterior y un ahorro del 40% en consumo ecléctrico con los nuevos equipos más eficientes.

Además, es un tipo de instalación subvencionada hasta en un 25% a través de un Plan de Ahorro y Eficiencia Energética en cada Comunidad, con el fin de potenciar la instalación de equipos eficientes energéticamente. La Tecnología Replace de Mitsubishi Electric supera con creces los requisitos mínimos del Plan.

Éste Plan ha sido desarrollado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDEA) para impulsar la reducción del consumo energético mediante el uso de equipos más eficientes y apoya el desarrollo y la innovación de las tecnologías más eficientes para reducir las emisiones de CO2.

Las directrices generales las marca el PAEE 4 (un aumento de rendimiento por encima del 20%, en líneas generales), luego cada Comunidad Autónoma redactará su propio plan en relación a éstas directrices.

La tecnología Replace de Mitsubishi Electric les permite utilizar equipos cuyo funcionamiento está basado en refrigerante R410A con tuberías de gas R22. Simplemente sustituyendo un equipo de Aire Acondicionado antiguo por otro de última generación, e incluso en una preinstalación con tubería diferente a la nominal.

La gama Replace de Mitsubishi Electric abarca las siguientes familias de productos:

- Doméstica y Comercial:

  • Doméstica: Toda la gama excepto MXZ-8A
  • Mr. Slim: Toda la gama Inverter
  • Industrial: Toda la gama

- Sistema Replace Multi:

  • VRF: PUHY-RP200/900YJM y PURY-RP200/300YJM

La ordenanza de Inspección de Edificios obliga a propietarios a terminar obras que estén sin terminar durante los últimos 2 años y a la retirada del cableado de las fachadas de todo el municipio. Ésta limita la instalación de ornamentos en las fachadas de las edificaciones y obliga al mantenimiento de éstos.

Tras su llegada al Ayuntamiento de Mijas, el Partido Popular quiere potenciar la imagen de la ciudad como destino turístico, principal fuente de ingresos de la zona. Para esto se propone una iniciativa urbanística, que se aprobará en pleno el próximo 25 de Febrero, dentro de la ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones.

La ordenanza establece la obligatoriedad del adecentamiento de fachadas así como la eliminación de elementos antiestéticos y el mantenimiento de los edificios. Algunos ejemplos son la prohibición de que las fachadas de ladrillo visto en los locales comerciales, “todos los propietarios tendrán que enfoscar y pintar las fachadas”, según Manuel Navarro (concejal de Urbanismo).

Se limita la instalación de aparatos de Aire Acondicionado, antenas y cables en las fachadas exteriores de los edificios, “las comunidades deberán tener solo una antena” apuntó Navarro, añadiendo que “se exigirá el correcto estado de mantenimiento de la pintura exterior de los edificios”.

Además, la ordenanza, obliga a pintar todas las fachadas del pueblo de Mijas de color blanco, “algo ya establecido hace años a raíz de la catalogación de la zona como Bien de Interés Turístico (BIC)” y se plantean iniciativas para impulsar la imagen de pueblo marinero andaluz para el núcleo de La Cala.

En cuanto a solares sin edificar, la ordenanza obliga a la limpieza de escombros, maleza y basuras. Los propietarios de éstas con edificaciones inacabadas desde hace 2 años, estarán obligados a la finalización de la misma. Navarro advirtió que en el supuesto de incumplir la ordenanza “se declarará su venta forzosa, estando prevista incluso en la ordenanza la expropiación”.

Con la entrada en vigor de la normativa, las comunidades de vecinos y propietarios de edificaciones con una antigüedad superior a 25 años dispondrán de 2 años someter la edificación a una la ITE (Inspección Técnica de Edificios). Tarea que solo la podrá realizar un técnico competente encargado de certificar las condiciones de habitabilidad y seguridad mínimas de un edificio, además de poder proponer acciones u obras a realizar para corregir posibles defectos en la edificación.

Realizada la ITE, según la ordenanza, la periodicidad de las inspecciones se fija en 15 años para edificios con menos de 50 años y cada 10 para aquellos con antigüedad superior.

La declaración de estado ruinoso de las edificaciones se determinará por los técnicos de Urbanismo del Ayuntamiento para aquellas estructuras cuyo coste de reparación supere el 50% del valor del inmueble, estado determinado por agotamiento de elementos estructurales y seguridad o pudieran ser potencialmente peligrosos para los viandantes.

El ayuntamiento tendrá el poder de dictaminar la demolición de una edificación o exigir la reparación de la misma con un plazo de arreglo vinculante a los propietarios.

Según el RD 795/2010 de 16 de junio se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos.

Éste cambio de normativa ha surgido por la necesidad de regular aquellos compuestos que destruyen la capa de Ozono y los de efecto invernadero. Todas ellas han sido reguladas por el Protocolo de Montreal y el Protocolo de Kioto.

Se entienden por “Gases Fluorados” de acuerdo al RD 795/2010:

  1. Las sustancias que agotan la capa de Ozono, como HCFC (R22) y CFC (R12 y R11).
  2. Los gases de efecto invernadero como R134a, R404, R407 y R410.

Los Reglamentos n.º 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17/05/2006, sobre gases fluorados de efecto invernadero y el n.º 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16/09/2009 sobre las sustancias que destruyen la capa de ozono, son de aplicación desde el 1/1/2010 e incluyen prohibiciones y limitaciones al uso. También contemplan medidas de contención de las emisiones y reciclado de dichos fluidos una vez terminada la vida útil permitida.

Según el Reglamento Europeo es indispensable la cualificación oportuna para el personal que manipule éstas sustancias. Además es imprescindible estar certificado para todo aquel personal que contribuya a las labores de instalación, control de fugas, mantenimiento y recuperación de sistemas frigoríficos fijos y extinción de incendios de sistemas que utilicen gases fluorados. También se han marcado mínimos para la recuperación de disolventes, hexafluoruro de azufre y aplicaciones móviles.

En España, el propósito del Real Decreto es regular la distribución, venta y manipulación de gases fluorados con el fin de cumplir lo requerido en la normativa Europea para reducir las emisiones de gases a la atmósfera.